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Así será la Ley Sinde

Hemos tenido acceso a un documento interno que circula desde ayer entre las filas socialistas en el queda muy claro cómo funcionara en la práctica lo que se puede aprobar hoy en el Congreso de los Diputados. Desde el PSOE se recalca por activa y por pasiva que sólo se podrá cerrar una web (o retirar sus contenidos) con autorización judicial, respetando el artículo 20 de la Constitución Española y se justifica en la protección a la propiedad intelectual equiparando descarga con robo.

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Hemos tenido acceso a un documento interno que circula desde ayer entre las filas socialistas en el queda muy claro cómo funcionara en la práctica lo que se puede aprobar hoy en el Congreso de los Diputados. Desde el PSOE se recalca por activa y por pasiva que sólo se podrá cerrar una web (o retirar sus contenidos) con autorización judicial, respetando el artículo 20 de la Constitución Española y se justifica en la protección a la propiedad intelectual equiparando descarga con robo.

El proceso de eliminación de contenidos de una web comienza cuando un creador (como figura particular) o una organización (SGAE, CEDRO, etc.) acude a la Comisión de Propiedad Intelectual para denunciar que se pueden estar vulnerando sus derechos.

La Comisión (de la que no se dan más detalles que su nombre) estudiará la petición, las alegaciones de la web donde está el contenido y comprueba si está vulnerando la propiedad intelectual. Cabe destacar el error de base que tiene este argumento: la mayoría de webs que persigue esta Ley no tienen contenido protegido, sino enlaces. Habrá que ver cómo resuelven este punto.

Sin entrar en demasiados detalles y siempre desde un punto de vista subjetivo, parece cuanto menos delicado que una comisión administrativa con representantes de la industria audiovisual suspenda el criterio que tenían los jueces hasta ahora (cómo demuestran todas las sentencias hasta el momento).

El texto establece que la Comisión emprenderá acciones si “la propiedad intelectual por parte de un prestador con ánimo de lucro, directo o indirecto, o que haya causado o sea susceptible de causar un daño patrimonial. Ojo a la segunda parte de la sentencia, que toma la ambiguedad por bandera y abre considerablemente el campo de actuación. Otro punto que tendremos que seguir de cerca si finalmente se aprueba.

Si el gestor de la web se niega a retirar los contenidos (de nuevo no se menciona el concepto "link", base de Internet tal y como la conocemos) la Comisión podrá obligar a retirarlos previa autorización, que llegará en un máximo de cuatro días. Sin embargo no explican cuánto tiempo puede llevar el procedimiento de reapertura, un arduo y largo camino judicial que puede llevar hasta 2 años (una eternidad en la era digital). Asimetría de derechos en estado puro.

El documento concluye dando datos sobre el empleo y el PIB que genera la industria de los contenidos y estima (no nos preguntéis en qué se basan) que se pueden perder 300.000 empleos en dos años de seguir con estas prácticas. En la captura que adjuntamos podéis leer el documento tal y cómo nos ha llegado.

A lo largo del día haremos un seguimiento completo de todo lo que ocurra con una Ley de Economía Sostenible. Seguid atentos a MuyComputer.

Me encargo de traer innovación y nuevo negocio al grupo TPNET. Además colaboro en varios de nuestros sitios como MC y MCPRO.

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