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Las redes P2P son legales ¿Cuántas veces tendrán que sentenciarlo?

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P2PLa Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado un recurso de las discográficas Warner, Universal, EMI, Sony BMG y de la patronal musical española Promusicae, confirmando una sentencia anterior (considerada histórica en España) que liberaba al programador español Pablo Soto por infracción de la propiedad intelectual y competencia desleal, reclamándole el pago de trece millones de euros en indemnizaciones.

Parece increíble que a estas alturas de la película tengamos que titular un artículo de esta forma y sigamos debatiendo sobre la legalidad del P2P pero es que una parte de la industria se empeña en poner en tela de juicio el mismo sistema tecnológico que define el sistema de intercambio en redes de pares llegando a calificar al software creado por Soto como ‘armas de destrucción masiva’.

Todo viene de una demanda de las cuatro grandes discográficas mundiales y la patronal española del sector contra Pablo Soto, un programador de software creador de clientes para sistemas de intercambio de archivos en redes de pares (P2P) como ‘ManolitoP2P’, ‘Blubster’ o ‘Piolet’.

Una demanda desestimada en su día por el Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid y que ahora confirma la Audiencia Provincial de Madrid. El argumento es el mismo y dice básicamente que “crear y difundir redes P2P es legal en España» ya que “el desarrollo de una tecnología que puede ser usada por particulares para el intercambio de música no es una infracción de propiedad intelectual… Los portales P2P comercializados por los demandados son herramientas informáticas, de carácter neutro…»

La Audiencia explica que “ofertar tecnología P2P avanzada no supone incurrir en actos de expolio ni de aprovechamiento indebido del esfuerzo ajeno”, como aseguraba la demanda, y aclaran que, la misión de los creadores de los programas «no es posibilitar el acceso de los usuarios a la red, ni se encargan de la transmisión de datos, ni proporcionan servicios de alojamiento de los mismos, ni tampoco facilitan enlaces a otros contenidos ni incluyen buscadores de estos».

Lo que hagan los usuarios con ese software -lícito o no- es responsabilidad exclusiva de ellos mismos sin que intervengan los demandados, explica la Audiencia. Imagina que el poder judicial ordenara cerrar las fábricas de navajas de Albacete porque un desalmado  ataque a otro con un cuchillo. Pues, lo mismo.

La sentencia puede ser recurrida de nuevo en casación ante el Supremo. Esperamos auto definitivo que dicte doctrina y acabe de una vez con este asunto. Las redes P2P son legales.

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