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La Justicia Europea respalda «el derecho al olvido» en Internet
Google, y el resto de empresas con motores de búsqueda en Internet, deberán retirar enlaces a informaciones publicadas bajo petición de los usuarios, siempre que las mismas no sean de interés público, según dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
El fallo llega por la demanda del ciudadano español Mario Costeja (apoyado por la Agencia española de protección de datos) que requirió de Google la retirada de unos enlaces a determinados periódicos, que se hacían eco de dos anuncios de subasta de inmuebles por embargo con la Seguridad Social.
El caso es tan simple como personal y se remonta a 1989 aunque todavía hoy, al introducir el nombre del ciudadano, las primeras referencias eran a unas deudas pasadas, ya canceladas. El perjudicado reclamó «el derecho al olvido» y el tribunal europeo le ha dado la razón en un caso que siente precedente.
«Si, a raíz de la solicitud de la persona afectada se comprueba que la inclusión de esos enlaces en la lista es incompatible actualmente con la Directiva (de protección de datos personales), la información y los enlaces que figuran en la lista deben eliminarse», sentencia el tribunal.
Los motores de búsqueda como Google «son responsables del tratamiento que aplique a los datos de carácter personal que aparecen en las páginas web publicadas por terceros», estima el TJUE.
Por ello los ciudadanos que se sientan perjudicados por estos enlaces, podrán dirigirse a Google para que se retiren. El tribunal pone como límite «el interés del público en función del papel que esa persona desempeñe en la vida pública».
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