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La Fiscalía critica la Ley Sinde

El Consejo Fiscal critica el “potencial invasivo” en los derechos fundamentales de las disposiciones normativas contra las descargas propuesta por la Ministra de Cultura. La Fiscalía –en el preceptivo informe sobre el anteproyecto de ley de economía sostenible- considera que la protección de la propiedad intelectual es un derecho de propiedad pero no fundamental, y no «debe ponerse a la misma altura» que la del resto de los bienes jurídicos protegidos, algunos derechos fundamentales.

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El Consejo Fiscal critica el “potencial invasivo” en los derechos fundamentales de las disposiciones normativas contra las descargas propuesta por la Ministra de Cultura. La Fiscalía –en el preceptivo informe sobre el anteproyecto de ley de economía sostenible- considera “dudoso” que la protección de la propiedad intelectual "deba ponerse a la misma altura" que la del resto de los bienes jurídicos protegidos, recordemos algunos de ellos derechos fundamentales. Para el Consejo Fiscal, la propiedad intelectual debe ser tratada "como derecho de propiedad" y no como un derecho fundamental.

El órgano asesor del fiscal general del Estado en su informe sobre la Ley de Economía Sostenible (LES) critica que se haya situado la salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual "al mismo nivel" que la del orden público, la investigación penal, la seguridad pública, la defensa nacional, la salud pública, la dignidad de la persona o la protección de la juventud y de la infancia.

Para el Consejo Fiscal, la propiedad intelectual debe ser tratada "como derecho de propiedad" y no como un derecho fundamental, ya que, "aunque se pueda reconocer su importancia en las sociedades modernas, no parece alzarse al mismo nivel que intereses generales como el orden público o colectivos situados en una posición de debilidad como los menores".

El informe recuerda pese a que la ley prevé que los Juzgados de lo Contencioso de la Audiencia Nacional podrán acordar, a propuesta de la CPI, el cierre de páginas web o la retirada de contenidos de las mismas, esta medida "queda limitada a los casos en que el prestador del servicio está establecido en España o en un Estado de la UE o del Espacio Económico Europeo".

Por último –y no menos importante- el Consejo Fiscal advierte que la Comisión de Propiedad Intelectual "no podrá requerir, ni puede ser proporcionado por los prestadores de servicios de la sociedad de la información, informaciones referidas a comunicaciones privadas que puedan afectar al derecho fundamental al secreto de las comunicaciones, que requieren ineludiblemente autorización judicial".

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