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La Audiencia Nacional limita las Wi-Fi públicas, las operadoras mandan a través de la CMT
La Audiencia Nacional ha ratificado la multa de 300.000 euros al consistorio de Málaga por ofrecer acceso a Internet inalámbrico sin cumplir la normativa de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
El auto sostiene que el ayuntamiento de Málaga incumplió los mandatos de la CMT de forma «voluntaria y consciente» ya que el organismo les avisó de que tenían que inscribirse como operador para ofrecer ese tipo de servicios.
Los responsables de esta red Wi-Fi denominada Biznaga argumentaron que el servicio se ofrecía en régimen de ‘autoprestación’ aunque la Audiencia considera que la red iba más allá de ofrecer acceso a Internet «donde se desarrollen actividades culturales y educativas de competencia de las administraciones locales» como estima la norma.
Una norma de la CMT (pensando siempre en las operadoras de comunicaciones y no en los ciudadanos) que obliga a las administraciones a inscribirse como operadores, excluir de la cobertura de la red «edificios de uso residencial o mixto» y limitar la velocidad a 256 Kbps.
El ayuntamiento de Málaga ya ha anunciado recurso de casación al Supremo por lo que tendremos que esperar para ver dónde termina el caso que sentará doctrina.
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