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El fin del canon digital, tendrán que devolver lo cobrado

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Finalmente se ha hecho justicia ya que finalmente el Tribunal Supremo ha rechazado el recurso que se presentó en contra de la sentencia con la que la Audiencia Nacional anuló el canon digital. Por tanto, dicha sentencia queda ratificada.

La Asociación de Internautas ha comentado que el Tribunal Supremo rechaza directamente resolver el recurso contra la Sentencia de la Audiencia Nacional que anuló el canon digital. Esa norma, no cumplía los requisitos para poder entrar en vigor y de hecho sus efectos deben retrotraerse hasta el momento que entró en vigor.

Queda demostrado que el canon digital era ilegal, un abuso pleno sobre los internautas y deberá devolverse toda cantidad cobrada. Las asociaciones que presentaron ese recurso fueron:

  • Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI)
  • Artistas, Intérpretes o Ejecutantes (AIE)
  • Artistas Intérpretes Sociedad de Gestión (AISGE)
  • Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO)
  • Derechos de Autor de Medios Audiovisuales Entidad de Gestión (DAMA)
  • Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA)
  • Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP).

 

Devolución del canon

La Asociación de Internautas considera que el canon debe ser reintegrado, en primer lugar, a todas las personas jurídicas que lo pagaron y, en segundo, a las personas físicas que pagaron más de la cuenta. También en productos que no tienen canon. Si la Audiencia Nacional ha anulado una norma, ello implicaría que se debe poder recuperar todo lo cobrado indebidamente.

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